Señores:
Integrantes de la Comisión Regional
De Medio Ambiente COREMA
De
nuestra consideración:
Según la ley orgánica constitucional de Chile,
no puede existir una empresa de residuos
peligrosos en medio de casas Habitación,
así como también en una de sus primeras enmiendas nuestra constitución
indica que “Todo ciudadano tiene derecho de vivir en un medio ambiente sano,
libre de contaminación cuyo garante ha de ser el ESTADO DE CHILE”.
Por lo mismo acudimos a esta comisión ya que
nos preocupa se le autorice a la Empresa Härting Aromas ubicada en Horcones s/n
Comuna de Arauco un nuevo proyecto ya que a lo largo del tiempo ha mostrado
graves falencias en sus instalaciones y mucha irresponsabilidad en el
tratamiento de sustancias químicas peligrosas derivadas sus procesos.
Las Fallas y deficiencias en las
instalaciones actuales de Härting Aromas:
·
Una de las fallas más preocupantes de las
instalaciones actuales de Härting Aromas es que el proceso NO CUENTA con un
sistema de abatimiento de olores, gases TRS , partículas emanadas a la atmósfera, el funcionamiento
de una caldera donde se provocan emanaciones de dioxinas altamente tóxicas
las que dejan expuesta a la comunidad de Horcones y a las poblaciones cercanas desde
el año 1995 hasta la actualidad, a partir del año 2008 se varió la altura de la
chimenea de 4 a 36 metros , lo que no evita la emisión de partículas o malos
olores a la atmósfera solo se varia su radio de impacto que depende de las
condiciones climáticas, sobre todo del viento.
·
Todos los adultos mayores
sin excepción en Horcones vecinos a la empresa se encuentran afectos de
neumonía probablemente “Química” así como grupos etarios más jóvenes que sufren
problemas respiratorios o enfermedades pulmonares obstructivas crónicas EPOC,
producto de los olores en su mayoría dioxinas a que han sido expuestos
desde el año 1995 a la fecha , emanadas de Härting Aromas.
·
Otra de las fallas o deficiencias
preocupantes de las actuales instalaciones de härting Aromas son la nula
existencia de una carpeta impermeabilizadora del suelo en el área de
emplazamiento compuesta por ejemplo de : una geo membrana, sobre la cual se
dispongan capas de arcilla, grava, mas otra geo membrana sobre la cual se
dispone una última capa de Hormigón, todo ello con el objetivo de
impermeabilizar el suelo y las instalaciones, para controlar derrames provenientes
de los estanques de almacenamiento de alfa y beta Pineno o de cualquier fase
del proceso de producción.
·
El año 2006 se produjo una explosión y
posterior incendio en uno de los estanques de beta Pineno por las características geomorfológicas del
lugar de emplazamiento el líquido se infiltro de manera muy rápida en el suelo
que es del tipo arenoso susceptible a infiltraciones en su fase superficial que cuenta más abajo
con una roca sedimentaria altamente permeable cercana al acuífero subterráneo
Horcones.
·
Tampoco cuenta Härting con un “estanque
sellado” de acumulación especial para tratar derrames, calculado el metraje cúbico
de sus instalaciones que le permita estar preparado ante este tipo de
eventualidades.
·
Igual de Importante
es que esta empresa NO CUENTA con un equipo especial para el control de
incendios químicos y sustancias peligrosas, lo que es peor aún, en el accidente
y posterior incendio del estanque de beta pineno del 2006 tuvo que ser asistido
por el equipo especial de control de incendios químicos de Celulosa Arauco, lo
que provocó que no se controlara el siniestro a tiempo. Dicho accidente dejó de
manifiesto una falla en una válvula que controla la presión del estaque, es
decir, NO EXISTIA LA MANTECION NECESARIA de las instalaciones, para un
incidente que fue perfectamente evitable. Asimismo.
·
Dicha empresa no cuenta con accesos
adecuados hacia su complejo, lo que dificulta el actuar de equipos de
emergencia en el caso de repetirse incidentes como el del 2006, dificulta
el acceso de la materia prima que es ingresada en camiones a través de un
camino que no cuenta con pavimento y no es apto para
una empresa de estas características.
DICHAS TECNOLOGIAS O MEJORAS COMO
PRECIPITADORES ELESTROSTATICOS, IMPERMEABILIZACION DEL SUELO, ABATIMIENTO DE
OLORES, CONTROL DE DERRAMES, CONTROL DE INCENDIOS QUIMICOS, MEJORAMIENTO DE
ACCESOS, PESE A ESTAR DISPONIBLES EN EL MERCADO HACE MUCHO TIEMPO NO HAN SIDO
CONSIDERADAS POR EL TITULAR, QUE CUENTA CON GANANCIAS SUFICIENTES PARA INVERTIR
O REALIZAR MEJORAS AMBIENTALES, POR LO QUE SE PUEDE DEDUCIR “DOLO” POR PARTE
DEL TITULAR JURIDICAMENTE HABLANDO, ES DECIR, ACTUAR DE MALA FE, CONOCIENDO SUS
FALENCIAS Y TENIENDO LA POSIBILIDAD DE MEJORRAR SUS INSTALACIONES Y PROCESOS NO
LO HA HECHO HASTA LA FECHA.
Las responsabilidades en las fallas y
funcionamiento de las instalaciones de Härting Aromas son compartidas ya que si
hablamos de dolo, el estado también cabe en esta figura jurídica porque fue
quien APROBO la instalación de esta empresa en una zona habitada contraviniendo
nuestra ley orgánica constitucional, no exigió a tiempo mejoras como las antes
mencionadas y mucho menos realizó las inspecciones necesarios, no elaboró
informes sobre los accidentes , ni seguimientos a sustancias químicas
peligrosas, no ha solicitado mediciones especiales por la infiltración de
químicos a las napas subterráneas de
agua, ES DECIR, EL ESTADO DE CHILE NO A
CUMPLIDO SU ROL FISCALIZADOR, NI EL DE RESGUARDAR LA SALUD E INTEGRIDAD FISICA DE LA POBLACION ALEDAÑA A ESTA EMPRESA.
El año 2000 dicho titular
individualizado como Thomas Härting Glade, interpuso un recurso de reclamación
en representación de la compañía Derivados de tall-Oil S.A., presentado el 24
de enero del 2000. En contra de la resolución exenta No 328/99 de la comisión
Regional de Medio Ambiente , de 15 de noviembre de 1999, por la que se aprobó
con condiciones el estudio de impacto Ambiental del proyecto; “Derivados de
tall-oil”, lo dispuesto en la ley 19.300, particularmente el artículo 20 y en
los artículos 43 y siguientes del decreto supremo No 30 de 1997 del ministerio
secretaría General de la Presidencia, reglamento de sistema de evaluación de
impacto ambiental y lo dispuesto en la resolución No 520 de 1996 de la Contraloría
general de la república, pese a ello las resoluciones ambientales tienen una
duración de 5 años por lo cual dicha resolución se encuentra actualmente CADUCA.
(Dicho proyecto derivado de tall-oil era único en el mundo).
A modo de historia el año 2004 se
produjo el derrame de 20 metros cúbicos de Trementina desde el complejo de
Celulosa Arauco Horcones, cuyos efectos colaterales producto de las condiciones
climáticas, provocaron afectaciones respiratorias del tipo obstructivas en la
población en algunos casos distantes a más de
30 kilómetros del accidente como la Comuna de Lota, donde se detectaron
casos de intoxicación producto de este “Evento ambiental” que a la ves provocó
la quema de una enorme cantidad de monocultivos a lo largo de la ruta 160 según
la dispersión provocada por las condiciones del viento.
Efectos en la salud de la Trementina:
La Trementina es un irritante delos
ojo y la aspiración del líquido a los pulmones puede causar Neumonitis Química ciertos componentes
de la Trementina causan sensibilización en algunos individuos susceptibles,
produciendo reacciones alérgicas en la piel y asma, las reacciones tóxicas
son atribuibles a la inhalación y a la absorción cutánea e incluyen daños en los riñones, vejiga, el sistema
nervioso central y la sangre. La trementina
es eliminada en el aliento y también metabolizada y excretada en la orina. El
aliento de las personas tiene un característico olor a violetas.
La inhalación de vapores de trementina
ocasiona efectos primarios en el sistema
nervioso central, con síntomas de irritabilidad, letargo, descoordinación
y efectos en la velocidad de la respiración. Los vapores irritan la nariz, garganta y tracto respiratorio y pueden
causar hemorragias en los pulmones y edemas pulmonares, los vapores también
pueden causar escozor e irritación en los ojos. La trementina liquida es un
irritante severo en los ojos, causando quemaduras en la córnea.
La
ingestión produce irritación del
estómago y el tracto gastrointestinal
ocasionando nauseas, dolor y daños en los riñones, con aparición de
proteínas y sangre en la orina. Altas dosis pueden producir coma y muerte por
ataque cardiaco, puede producir también anemia por efectos tóxicos en la medula
de los huesos.
La trementina promueve la proliferación de células y la
producción de tumores benignos en la piel.
Otra cualidad de la trementina es que
se trata de un compuesto altamente inflamable que se diluye a temperatura
ambiente, lo que dificulta un derrame en lugares físicos abiertos.
Por lo mismo bajo la resolución No
1403 del Servicio de Salud, con fecha 25 de agosto del 2004, a través de la
capitanía de Puerto de Coronel-Lota a cargo en ese entonces del Teniente Pedro
Valderrama Carrillo , se ordenó la PROHIBICIÒN de la pesca, transporte,
comercialización, extracción, elaboración, procesamiento, tenencia y consumo de
pescados y mariscos bivalvos en un radio de una milla marina, desde el punto de referencia de
descarga del emisario submarino de Celulosa Arauco complejo Horcones.
Dicho derrame provocó gran mortandad
de aves, fauna, peces, bivalvos, es decir, graves afectaciones en el ecosistema
marino y en los sistemas estuarianos de los ríos de Laraquete y Carampangue
etc., a lo largo del golfo de Arauco que desafortunadamente nunca fueron
investigados POR LA AUTORIDAD SANITARIA ni sometidos a Seguimiento ambiental,
pese a que se notificó al servicio de Salud sobre el incidente este tardó unos
días en actuar, al llegar al lugar tomaron aves muertas, para hacer peritajes y
constatar la presencia de químicos (situación obvia) pese a eso el Doctor Claudio Baez en asamblea en la escuela de la localidad de Horcones declaró que no pudieron
determinar las causas de la muerte de las aves ya que según sus propias
palabras estas “No tenían viseras” por lo que se imposibilitaba cualquier
medición o conclusión (actualmente el doctor Claudio Baez trabaja en el Servicio de
salud Concepción en el área Ambiental ).
SOLUCITUDES A LA COREMA Y AL
GOBIERNO REGIONAL:
·
SOLICITAMOS A ESTA COMISION UN ESTUDIO
QUE DETERMINE QUE CANTIDAD DE PATOLOGIAS CAUSADAS POR LA EXPOSICION A LA
TREMENTINA SE PRESENTAN EN LA POBLACION
DE HORCONES, QUE PORCENTAJE DE LA POBLACION CUENTA CON ENFERMEDADES PULMONARES
OBSTRUCTIVAS CRONICAS (EPOC) ENFERMEDADES GASTRICAS O CANCERIGENAS, ASI
COMO ENFERMEDADES NERVIOSAS O DAÑOS EN LA PIEL.
·
UN ESTUDIO QUE DETERMINE LA CALIDAD DEL AIRE
EN LA LOCALIDAD DE HORCONES, DONDE SE MIDAN DIOXINAS, OXIDOS NITROSOS, MP10,
MP2.5, DIOXIDO DE AZUFRE, ENTRE OTROS, A TRAVES DE UN LABORATORIO
INDEPENDIENTE.
·
QUE SE INSTALE UNA UNIDAD DE MONITOREO DE
CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE EN HORCONES
DE FORMA PERMANENTE.
·
UN ESTUDIO QUE DETERMINE LA PRESENCIA Y
CANTIDAD DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS EN LAS NAPAS SUBTERRANEAS DE AGUA DEL
SECTOR.
·
SOLICITAMOS AL GOBIERNO REGIONAL Y A
ESTA COMISION EVALUAR “LA PROHIBICION DE INSTALAR PUNTERAS PARA USO
DOMICILIARIO EN EL SECTOR DE HORCONES, EL PARRON , LOS MAITENES, EL PINAR” YA
QUE ESTUDIOS COMO EL DE PATRICIA
ARRIZAGA SOBRE GEOLOGIA, GEOMORFOLOGIA Y PROSPECCION AMBIENTAL DEL ACUIFERO
HORCONES CERCANO A LA LOCALIDAD INDICA QUE LOS SUELOS Y LAS NAPAS SUBTERRANEAS EN
HORCONES MUESTRAN LA PRESENCIA DE COLIFORMES FECALES, METALES PESADOS COMO EL
ARSÈNICO, ALUMINIO, CADMIO, ENTRE OTROS, PRESERVANTES COMO EL PENTACLOROFENOL TODOS
ELEMENTOS CANCERIGENOS SOBRE LOS RANGOS SEGUROS PARA LA EXPOSICION AL MEDIO AMBIENTE
NATURAL Y HUMANO.
·
SOLICITAMOS A ESTA COMISION Y AL
GOBIERNO REGIONAL LA REVISION DE LA UBICACIÓN
DEL PROYECTO HARTING YA QUE EL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO ES
UNA ZONA HABITACIONAL, ANTE EL RECHAZO DEL ULTIMO PLANO REGULADOR DE LA COMUNA
DE ARAUCO SE HACE NECESARIO REVISAR LA UBICACIÓN DE ESTA EMPRESA , ASUMIENDO
QUE EL TIPO DE SUELO, LA VENTILACIÒN Y LA TOPOGRAFIA NO SON APTAS PARA INSTALAR
COMPLEJOS QUIMICOS QUE MANEJAN SUSTANCIAS PELIGROSAS, REVISADOS INFORMES DE
GEOLOGIA, GEOMORFOLOGIA, GEOGRAFIA, PROSPECCIONES AMBIENTALES, QUE SON
DESFAVORABLES Y HACEN POCO SUSTENTABLES EN EL TIEMPO ESTE TIPO DE INDUSTRIAS O
PROYECTOS.
·
SOLICITAMOS A ESTA COMISIÒN RECHAZAR
LA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO HARTING DENOMINADO AROMAS YA
QUE CUMPLE CON EL ARTÌCULO 11 DE LA LEY 19.300 LO QUE OBLIGA A ESTA EMPRESA A
ELABORAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
Ponemos a disposición de esta comisión
todos estos antecedentes para que se tome una decisión autorizada, fundada y
responsable respecto al futuro de la
empresa Härting Aromas que ha tenido un actuar irresponsable a lo largo del
tiempo, de la necesidad de solicitarle a este titular la presentación de un
Estudio De Impacto Ambiental dada las características de su proceso productivo,
para poner a resguardo la salud de la
población y el respeto a la legislación ambiental vigente en Chile.
Esperando que los antecedentes
entregados ayuden a una decisión responsable de esta comisión les saluda:
Pablo Andrés Medina Bastías
Departamento de Medio
Ambiente
Centro Cultural y Ecológico
Tamy Mapu Arauco
Fono: 93656217
Lunes 29 de octubre del 2012.-
Distribución:
-
Intendente
Víctor Lobos del Fierro
-
Gobernador
de Concepción Luis Santibáñez B.
-
Gobernador
del Bio-Bio Renato Paredes L.
-
Gobernadora
de Arauco Flor Weisse N.
-
Seremi
De salud Dr. Boris Oportus Ortiz.
-
Seremi
de Medio Ambiente Marianne Hermanns B.
-
Seremi
de Transporte Claudio Silva González.
-
Director
regional del SEA Bolivar Ruiz Adaros.
-
Seremi
de Justicia Roberto Coloma del Valle.
Seremi de economía Ricardo Braun Trucco
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